Se desconoce Detalles Sobre accidente de trabajo
Artículo 494 El patrón no estará obligado a fertilizar una cantidad viejo de la que corresponda a la incapacidad permanente total aunque se reúnan más de dos incapacidades.En el evento en que el empleador y/o contratista se encuentre en mora de efectuar sus aportes al Sistema Caudillo de Riesgos Laborales, será responsable de los gastos en qu